Literary Corner

La Familia

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HONRANDO A LOS PADRES

“Honra a tu Padre y a Tu Madre”

  • SHEMOT 20:12, DEVARÍM 5:16

“La persona, debe temer a su Madre y a su Padre.”

  • VAYIKRÁ 19:3

La Torá Nos obliga a honrar y respetar a nuestros Padres y compara su honor, al honor de Dios (Kidushín 31a). El Rav Yosef Karo, comienza Las Leyes de Honrar a los Padres en el Shulján Arúj (Yoré Deá 240:1), con la exhortación de ser extremadamente cuidadosos en el honor y el temor que uno debe tener a su Padre y a su Madre. El Talmud afirma que esta Mitzvá es una de Las Mitzvot más difíciles de cumplir (Julín 145a) y narra algunos casos, demostrando el esfuerzo extraordinario que las personas estaban dispuestas a realizar con tal de honrar a sus Padres.

Rab Dímmi cuenta la historia de un no Judío, Dammá hijo de Nesína, “quien estaba una vez vestido con prendas tejidas en oro entre las personas importantes de Roma cuando su Madre llegó, le rasgó sus ropas, le pegó un sopapo en la cabeza, le esputó en su cara y él no le insultó” (Kidushín 31a).

“Rav Tarfón solía inclinarse al lado del aposento de su Madre, cuando ella quería subir o bajar de la cama para que pudiera apoyarse sobre él. Fue al Beit Ha Midrash y se elogió a sí mismo, (por honrar a su Madre) y le dijeron: “¡Ni siquiera haz alcanzado la mitad del honor que le debes!” (Kidushín 31b).

Las dificultades concernientes al cumplimiento de esta Mitzvá se ven agravadas además cuando Padres e hijos tienen diferentes sistemas de valores y creencias diferentes y hasta a veces, conflictivas. Por esto, hemos considerado algunos de los principales problemas que muchos Baalei Teshuvá enfrentan en las relaciones con sus Padres y proponemos algunas soluciones, de acuerdo a las fuentes Halájicas pertinentes.

a) ¿La Torá exige respetar a Padres que no practican La Halajá? Si es que no; ¿Los hijos, solamente están exentos de la obligación de honrar a sus Padres o tienen permitido de hecho de actuar de manera irrespetuosa hacia ellos?

b) ¿Cómo deberían un hijo o una hija proceder con respecto a un pedido de sus Padres que implique profanar La Halajá?

c) ¿Es correcto ceder en aspectos que no son en realidad una transgresión a La Halajá? y si es así; ¿hasta que punto? (Por ejemplo: costumbres, exigencias y preferencias personales).

d) Las Leyes de Honrar a Los Padres, están específicamente enumeradas en el Shulján Arúj (tales como ponerse de pie cuando un Padre entra en el cuatro o no llamar a Los Padres por su primer nombre), sin embargo: ¿son aplicables en sociedades en las cuales los Padres considerarían estos modales no solamente extraños y originales, sino incluso absurdos?

Honrando a los Padres No Observantes

La cuestión de honrar a Los Padres que no observan La Halajá, también debe ser considerada al mismo tiempo que la cuestión general de la actitud de La Torá hacia aquellos que no observan Las Mitzvot, como respecta a Las Halajot especiales que aplican a las relaciones paterno-filiales.

¿Los Mandamientos de La Torá que regulan nuestro trato con nuestros semejantes Judíos, aplican también a Los Judíos no observantes? El Talmud establece (Sanedrín 44a) que un Judío que ha pecado sigue siendo Judío y no pierde su santidad inherente por haber pecado (ver a Rashi, Ibíd.). De manera similar El Rambam escribe en su “Carta a Yemen” que ninguna transgresión sin importar cuan seria sea, puede excluir a alguien del Pueblo Judío; un Judío permanece un hijo de Abraham y siempre va a estar regido por La Torá.

En contraste a lo antepuesto, encontramos que La Torá parece excluir ciertas personas de la vida normal comunitaria Judía, como resultado de sus violaciones a La Halajá.

Por ejemplo, La Guemará (Julín 5a) prohíbe a un Judío que adora ídolos o profana públicamente el Shabat, ofrecer un sacrificio. Además, estos individuos conocidos como mumrím no pueden realizar Shejitá. Incluso si matan un animal de acuerdo a La Halajá, el animal no es Kasher tal y como si un gentil hubiera realizado La Shejitá. Igualmente el Rambam dictamina en Hiljot Shabat 30:15, que aquellos que adoran ídolos y públicamente profanan Shabat, “son como gentiles en todo aspecto.” Sin embargo el estatus Halájico de quien no cree en La Torá ni observa La Halajá, no está determinado sólo por las transgresiones, sino que depende de otros factores también. La Torá toma en cuenta la intención, la motivación, la formación cultural y educativa así como otras circunstancias mitigantes, a la hora de juzgar la culpa de una persona. La Guemará (Shabat 68a) emplea el término Tinok She Nishbá [un infante secuestrado] para referirse a un niño educado por padres no-ortodoxos y que por eso desconoce La Torá. La Guemará deja bien en claro, que esta persona no es considerada un transgresor intencional. Muchas Autoridades Halájicas afirman que un Judío que ha sido criado en un ambiente no Religioso, sin el beneficio de la Educación de Torá y que no es Observante por su desconocimiento, es considerado un Tinok She Nishbá. Esto significa que no puede ser considerado totalmente responsable por sus transgresiones y es tratado como un infractor no intencional y de acuerdo a algunas opiniones, está totalmente exento de responsabilidad por sus pecados. De acuerdo a las opiniones anteriores, el Judío promedio no observante no es considerado un mumar y por esto, incluso los Padres no-observantes deben ser honrados y respetados por sus hijos. (Para la exposición de las fuentes sobre este tópico, ver nuestro libro, Avosos Ahavah, secciones 2 y 3 [Jerusalén: Sifrei Nof, 1991]). Numerosas fuentes clásicas sostienen que un hijo está obligado a honrar a sus Padres incluso que sean deliberadamente malhechores. (reshaím).

Otros Poskím determinan que si los Padres son intencionalmente transgresores de La Torá el hijo no está obligado a honrarles, no obstante, tiene terminantemente prohibido comportarse de manera irrespetuosa hacia ellos. [1]

La mayoría de Los Judíos hoy día no son considerados transgresores intencionales, en la medida en que no hayan sido educados en la observancia de La Torá.

Por esto, la mayoría de los Baalei Teshuvá contemporáneos están obligados a honrar y respetar a sus Padres completamente sin importar del nivel de observancia de los mismos.

Peticiones de los Padres opuestas a La Halajá

A veces al Baal Teshuvá le parece que se está adaptando a su vida de Torá lentamente y que sus Padres hacen todo lo posible por frustrar cada paso que da. Habitualmente encuentra que incluso aquellas cosas que él considera ser pedidos sin importancia, son recibidas con gran oposición. Por más difícil que sea, el Baal Teshuvá debe recordar que el comportamiento de sus Padres, está motivado por su amor hacia él. Él debe hace lo máximo para honrarles y respetarles, incluso cuando surgen conflictos inevitables como resultado de sus diferentes creencias y elecciones de estilos de vida. Los Padres pueden elegir alejarse de su hijo e incluso romper su relación con él, como una señal de desaprobación.

Sin embargo el hijo sigue estando obligado a honrar y respetar a sus Padres y mantener su relación con ellos, a pesar que en el mejor de los casos, sea una relación unilateral. Siempre que le sea posible reducir la fricción sin comprometer La Halajá, La Mitzvá de honrar a Los Padres le obliga al hijo a proceder así. No obstante, si el intento de evitar conflictos fracasa, el Baal Teshuvá debe comprender que existen algunas situaciones en las que es imposible ceder.

A continuación, los principales casos en los cuales un hijo o hija no están obligados a escuchar a sus Padres:

(a) El Shulján Arúj (Yoré Deá 240:15) estipula: “Si su Padre le dice que transgreda Las Palabras de La Torá, ya sea una Mitzvá positiva o una Prohibición, e incluso un requerimiento Rabínico, no debe escucharle.” El Talmud (Yevamot 6a, Bavá Metzía 32a) deriva este fallo de Vayikrá 19:3, “La persona, debe temer a su Madre y a su Padre pero Mis Shabatot respetará,” implicando que a pesar de la existencia de la obligación de honrar a los Padres, uno no puede profanar El Shabat y de hecho ninguna de Las Mitzvot. La Guemará explica que las obligaciones de La Torá invalidan la del Honor a los Padres, porque “todos ustedes [incluidos los Padres] están obligados a honrarMe [Dios]” (Yevamot 6a) (Ver Yoré Deá 240:16).

(b) La Halajá prohíbe abandonar o postergar el cumplimiento de una Mitzvá para honrar a un Padre, si esa Mitzvá puede ser cumplida sólo dentro de un período de tiempo particular. El Shulján Arúj (Yoré Deá 240:12) escribe: “Si su Padre le dice “tráeme agua” y la oportunidad de realizar una Mitzvá como un entierro o un funeral se ha presentado en sí misma; si es que La Mitzvá puede ser realizada por otros, debe encargarse del Honor de su Padre, [sin embargo si ya ha comenzado La Mitzvá debe finalizarla, ya que quien está ocupado en una Mitzvá está exento de Las otras Mitzvot]. Si no hay más nadie disponible para cumplir la Mitzvá, él debe ocuparse de ésta en vez de honrar a su Padre [sin embargo si hay tiempo para realizar La Mitzvá más tarde, entonces debe ocuparse primero en honrar a su Padre y luego realizar la otra Mitzvá].”

(c) Los hijos que sienten que serán más capaces de realizar mejor una Mitzvá en circunstancias en las cuales no cuentan con la aprobación de sus Padres, no tienen que escuchar a sus Padres con respecto a ese tema, tal como lo estipula el Shulján Arúj, (Yoré Deá 240:25), “Un estudiante que desearía estudiar en un lugar donde él está seguro que tendrá éxito en su estudio de Torá bajo la guía de un Rabino en particular, no tiene que obedecer a su Padre que se opone por el antisemitismo en ese lugar.” El Ramá agrega, “Del mismo modo, si su Padre le niega desposar a cierta mujer en particular, [consultar con un Rav cada caso en sí mismo] el hijo no tiene que obedecer al Padre.” Es obvio que el hijo debe tomar en consideración los méritos, las opiniones y los sentimientos de los Padres antes de tomar una decisión, y demostrar gratitud por su preocupación de una forma sincera.” (El Arúj Ha Shulján, Yoré Deá 240:45 establece que esto aplica a cualquier Mitzvá, no sólo al Estudio de Torá y al matrimonio y así parece ser la opinión del Pitjei Teshuvá en el lugar 22, ver Biur Ha Grá en el lugar 35.)

Con respecto a la adherencia a una aceptada costumbre Judía opuesta a los deseos de los Padres, el Birkei Yosef (Yoré Deá 240:8) escribe que el fallo en este caso no es tan claro, ya que una costumbre aceptada puede estar o no incluida, dentro de la categoría de una Ley Rabínica. De acuerdo al Jatám Sofer (Responsa, Yoré Deá 107) cada costumbre Judía aceptada comúnmente tiene autoridad similar a la de un juramento y por lo tanto, uno debería estar obligado a seguir la costumbre incluso en contra de la voluntad de sus Padres.

Es claro desde las fuentes antemencionadas, que la persona no puede transgredir La Halajá (ya sea una ley Bíblica o Rabínica) para cumplir los deseos de sus Padres. No obstante, el hecho que sus Padres le hayan hecho un pedido de ésta naturaleza, no crea de ninguna forma una exoneración general en honrar a los Padres ni reduce la cuota de honor que se les debe.

Por ejemplo, si un Padre le pide a su hijo que pode el pasto en Shabat a pesar que está prohibido cumplir su deseo durante Shabat, uno está obligado a cortar el pasto en la primera oportunidad que tenga después de Shabat.

De modo similar, uno debe ser respetuoso incluso cuando se rehúsa a obedecer un deseo contrario a La Halajá y debe hacer todo lo posible para asegurarse que sus Padres no se sientan ofendidos por su negativa. De acuerdo con La Halajá uno está obligado a respetar a sus Padres a pesar que estén involucrados en una transgresión. Por ejemplo, el Shulján Arúj (Yoré Deá 240:11) determina que incluso si un hijo ve a sus Padres profanando una Ley de La Torá, no debe reprenderles directamente sino que más bien, uno debe preguntarles sin avergonzarles si la acción está permitida para que los Padres puedan entender por sí mismos que están cometiendo un error. Existen muchísimas situaciones en las que los hijos no pueden reprender a sus Padres en lo absoluto, a pesar que estén cometiendo transgresiones. Esto, es especialmente verdad para el Baal Teshuvá ya que reprenderles sólo le alejará de su familia y creará un conflicto – familia-versus-Judaísmo, lo cual es “siempre” contraproducente.

La persona debe recordar constantemente que los caminos de La Torá son siempre “…caminos agradables y “todos” sus senderos, Paz” (Mishlé 3:17). Si las acciones de la persona no producen paz es muy probable que esto sea el resultado, de que realmente no se están siguiendo los caminos de La Torá, los cuales requieren que la persona se conduzca respetuosamente con sus Padres, persiga la paz y sea sensible con los deseos de otras personas.

Respetar y obedecer a Los Padres en temas no pertinentes a La Halajá, ayudará al Baal Teshuvá a alcanzar muchas metas. Antes que nada; tal comportamiento demuestra que la adhesión al Judaísmo no es simplemente una manera de rebelarse contra la autoridad de los Padres, haciendo uso de la religión como vehiculo para esa rebelión. Además, demuestra que su “desobediencia” [supuesta desobediencia] no es el producto de “sus caprichos arbitrarios” sino de su intento consistente en seguir un sistema de valores objetivo, en el cual él cree. Si él es escrupuloso en respetar a sus Padres en temas no pertinentes a La Halajá, sus Padres también respetarán su sistema de valores. Finalmente, las actitudes y la conducta respetuosas dejan claro que El Judaísmo no busca aislar a los hijos de sus familias sino todo lo contrario, por eso se preocupa de preservar los lazos familiares incluso cuando no todos los miembros de la familia respeten La Ley Judía.

Compromiso: La Halajá y las Preferencias Personales

Todos estamos obligados a Honrar a Dios y por lo tanto el honor demostrado a todo ser humano, nunca puede invalidar La Halajá.

Ya hemos analizado la regla que uno no puede comprometer La Halajá, incluso para cumplir los deseos de Sus Padres. Comprometerse en lo referente al área de las preferencias personales o de los gustos personales, está sin embargo permitido y puede incluso en algunos casos llegar a cumplimentar La Mitzvá de Honrar a los Padres. Por lo tanto es fundamental ser capaz de distinguir entre la práctica Halájica y las normas por un lado, y por otro, los gustos personales y los hábitos. Muchas prácticas que son comunes en Yeshivot y en La Sociedad Ortodoxa, son normas sociales en esas sociedades particulares y no tienen obligación Halájica ni como leyes ni como costumbres.

Muchos Baalei Teshuvá cuando se tornan Observantes, cambian los nombres de sus “Pasaportes” por sus nombres en Hebreo (por Ej. John por Yehonatán, Elizabeth por Elisheva, Yolanda por Yente). Los cambios en los estilos de vestimenta también son comunes, tales como la adopción de los códigos conservativos de la ropa del Mundo de la Yeshivá. Estos cambios son muy frecuentes y evidentemente, adaptarse a los estándares de una sociedad es un método efectivo para integrarse uno mismo a esa sociedad. No obstante, las costumbres que son frecuentes en un lugar pueden estar fuera de lugar en otro y consecuentemente, los Baalei Teshuvá deben ser sensibles con los sentimientos de sus Padres que pueden sentirse incómodos con algunas de las nuevas características del nuevo estilo de vestuario de sus hijos. El Baal Teshuvá y su consejero Rabínico deben sopesar “cuidadosamente” el resultado de su accionar en sí mismo y en su respectiva familia. Su propio desarrollo espiritual no debe ser comprometido deshonrando a sus Padres, ya que profanar La Mitzvá de Honrar a sus Padres también está prohibido.

El desarrollo espiritual de una persona puede demostrarse de muchas maneras y él a veces puede sentir, que estas expresiones son esenciales para su cumplimiento de La Torá incluso que sean temas de preferencias personales.

Por otro lado, el amor mutuo y el respeto en una familia también son necesarios para el desarrollo espiritual y la salud mental. Cualquier conflicto que experimenta el Baal Teshuvá con su familia con respecto a la Religión, le lleva a una lucha interna entre el amor por su familia y el amor por la Torá; una “victoria” en cualquier área de esta lucha tendrá trágicas consecuencias: la pérdida de su Torá o la división de su familia. Por esto, mantener la armonía y la paz en el seno familiar debe ser de importancia capital para quienquiera que desee poder cumplir La Mitzvá de Honrar a sus Padres y cuanto más, para el Baal Teshuvá, cuyo crecimiento en Torá puede mantenerse en pie o sucumbir dependiendo de las relaciones con su familia. Un ejemplo de conflicto fácilmente evitable, es el de usar un nombre no Judío. Rav Moshé Feinstein, (Iggrot Moshé, Oraj Jaím 4:66 en una Responsa concerniente a ponerle un nombre a un hijo) establece que no existe una Prohibición de usar el nombre no Hebreo a pesar que sea preferible usar un nombre Hebreo.

De acuerdo al fallo de Rav Feinstein, si los Padres prefieren dirigirse a su hijo con su nombre no-Hebreo, el hijo debe responder a ese nombre tal como La Mitzvá de honrar a los Padres así lo requiere y no debe corregirles, si es que le importa (¡tal como debería ser!) contribuir a una atmósfera pacifica en su hogar.

Un Baal Teshuvá le preguntó al Rav Jaím Pinjas Scheinberg, (Moré Horaá de Kiriat Mattersdorf, Jerusalén, citado en Shoalím Be Teshuvá, Asociación de Profesionales Judíos deOutReach) si debía responderle a su Padre quien permanentemente le ridiculizaba por mecerse durante el rezo y por usar Los Tzitít (“por fuera”) de forma que eran visibles. Rav Scheinberg le respondió que le está terminantemente prohibido al hijo responderle de una manera irrespetuosa, incluso que su Padre le ridiculice.

Sin embargo, no debe renunciar a estas prácticas ya que son temas de Halajá y costumbres aceptadas. Rav Scheinberg le agregó una nota de cuidado al joven advirtiéndole de no llevar sus prácticas a los extremos.

Con respecto a los estilos Judíos tradicionales de vestir, Rav Feinstein (Iggrot Moshé, Yoré Deá 1:81) sostiene que no existe una obligación Halájica de vestirse de acuerdo a la usanza particular que se volvió tradicional en algunas comunidades Judías a través del tiempo y de los lugares. Él también dictaminó que en la vestimenta no existe Prohibición de “no conducirnos en los caminos de las naciones” al adoptar modas del mundo gentil, con tal de que las ropas no tengan símbolos o significados y se cumpla con las otras normas del vestir… (Como ser por ejemplo Shaatnez, recato y “un hombre no vestirá ropa de mujer” y viceversa).

De algún modo, éste tópico es más complejo que la cuestión de los nombres ya que en muchas Yeshivot y Comunidades Ortodoxas los estilos específicos de vestimenta son la norma y sería muy difícil para alguien poder integrarse en estos grupos usando ropa que no conforma con sus criterios, (por ejemplo Jeans con agujeros en las rodillas y T-shirts). Por lo tanto el Baal Teshuvá debería considerar su estilo de vestir como un elemento intrínseco de su desarrollo y por esto, no está obligado a aceptar los gustos y las preferencias de sus Padres en la forma de vestirse.

Si su nuevo vestuario le causa a sus Padres una gran angustia, debe tomar sus sentimientos en consideración y balancear los efectos de un distanciamiento, en oposición a los beneficios positivos de la identificación externa con sus compañeros. Si la ropa es un tema importante para sus Padres, nosotros le recomendamos usar “ropas civiles” en el hogar o atenuar los estilos de atuendo “religiosos” (con tal que los estándares de recato sean mantenidos). Otro problema que el Baal Teshuvá es probable que encuentre es la falta de Mezuzot (Kasher) en su casa de sus Padres. La Torá Nos obliga a “…Y las escribirás en las puertas de tu casa y en tus portales” (Devarím 6:9). El Talmud (Menajot 44a) explica que esta obligación recae al propietario de la casa y no al inquilino, definido éste como quien alquila la casa por treinta días o más. En Israel uno está obligado a poner Mezuzot en una casa alquilada incluso por una estadía menor a treinta días. El Talmud continúa, diciendo que si alguien permanece como invitado en Israel en la casa de otra persona no está obligado a instalar Mezuzot por una estadía de más de treinta días. El Arúj Ha Shulján sostiene que quien se aloja en una casa de huéspedes fuera de Israel, también está obligado a fijar una Mezuzot por una estadía de más de treinta días (Yoré Deá 286:48).

Rav Moshé Sternbuch shlíta, escribe que todas las anteriores obligaciones aplican a un arrendatario en una casa de huéspedes comercial o pública; sin embargo, una persona viviendo con una familia (incluso la propia) no está obligado a fijar una Mezuzá en la casa a pesar que se quede por más de treinta días. Él agrega además, que la persona debe sin embargo alentar a sus Padres a cumplir esta Mitzvá y a pesar que no está Halájicamente obligado a fijar una Mezuzá, debe gastar de su propio dinero para darle a otro Judío el mérito de cumplir una Mitzvá continuamente (Teshuvot Ve Hanagot 2:537). Rav Scheinberg, shlíta, mantiene que si fijar una Mezuzá podría molestar a sus Padres, por cuanto que el hijo no está obligado en esta Mitzvá, (el propietario de la casa está obligado) él no debe armar un alboroto por la falta de Mezuzot.

Expresiones de Respeto Clásicas y Contemporáneas

Las fuentes clásicas tales como La Guemará y El Shulján Arúj obligan a los hijos a ponerse de pie cuando sus Padres entran al cuarto, dirigírseles como “mi Padre y mi Mentor” y demostrar honor, temor y reverencia hacia sus Padres en todo momento.

Muchos Padres en las sociedades Occidentales contemporáneas, encuentran éstas expresiones de respeto “anticuadas” y “anacrónicas.” La mayoría las consideran expresiones “tontas” y llegan a la conclusión que su hijo no puede estar hablando en serio. ¿Presta importante atención La Halajá a las preferencias personales de los Padres y cambiar las normas sociales, o son las expresiones de respeto que aparecen en los textos clásicos objetivamente obligatorias?

El Shulján Arúj (Yoré Deá 240:19) dictamina que un Padre no debe “establecer el yugo del respeto pesadamente sobre sus hijos” ya que esto les dificultará cumplir con sus obligaciones hacia sus Padres y puede incluso conducirles a rebelarse. El Shulján Arúj continúa y dice, que está dentro de la potestad de los Padres excusar a sus hijos de las obligaciones hacia este respecto y una vez que lo hagan, el chico estará de hecho exento de honrarlos. Algunos Sabios agregan que cuando los Padres exoneran a sus hijos de honrarles, es sin embargo correcto darles honor a pesar que los hijos no sean castigados al fallar por no honrarles (Rav Akíva Eiguer y Pitjei Teshuvá en el lugar citando a La Responsa del Radvaz).

Hay un dicho que dice “la persona es honrada a través del cumplimiento de sus deseos”. Así como la obligación de honrar a los Padres depende de las preferencias Paternas, así también depende la manera en que los chicos demuestran su respeto a los Papás. Por lo tanto, si está claro que los Padres no quieren ser honrados de un modo particular, los chicos no sólo no deben honrarles de ese modo sino que es preferible que traten de buscar otra manera de honrarles que sea apreciada. Incluso de acuerdo a los Exegetas que sostienen que el perdón de los Padres no absuelve al chico de la obligación de honrarle, es sin embargo lógico asumir que el Padre explique de qué manera desea que se le demuestre honor.

El Arúj Ha Shulján (Yoré Deá 242:52) establece que al dirigirse a sus Padres, uno debe emplear las expresiones de respeto que sean correctas en su sociedad y esto es preferible a emplear las expresiones encontradas en las fuentes clásicas. Aunque el Arúj Ha Shulján esté tratando aquí el tema de la manera correcta de reprimenda para emplear con un Maestro o un Padre, (“¿Acaso no nos has enseñado, Rav?”), este principio es aplicable a cualquier situación en la cual alguien se esté dirigiendo a otra persona a quien se le debe honor. Si por ejemplo los Padres se muestran desconformes con sus hijos saltando de sus lugares y poniéndose de pie cada vez que los Padres entran a un cuarto, diciéndoles “¡La Paz sea sobre vosotros, Mis maestros!”, el hijo honraría mejor a sus Padres con un saludo tal como “Hola Mamá y Papá ¿como están?,” y la debida muestra de afecto.

FAMILIARES

Honrando a Los Hermanos

Los hermanos menores están obligados a honrar al mayor de la familia y deben como una cuestión de cortesía básica, (Derej Eretz) honrar a todos sus hermanos mayores (Shulján Arúj, Yoré Deá 240:22, Pitjei Teshuvá en el lugar 19). Las leyes de respeto, son sin embargo limitadas por el mismo criterio de aquellas concernientes al honrar a los Padres y uno no debe transgredir un precepto de La Torá, para honrar a un hermano.

Obligaciones Especiales Hacia La Familia

“No eludas tu responsabilidad hacia tu propia carne” (Rashi – tus familiares)
  • Yeshayáhu [Isaías] 58:7

La Guemará en Ketubot 52b explica que este Versículo quiere decir que existe una responsabilidad especial hacia los demás miembros de la familia. Por ejemplo, esta responsabilidad especial se manifiesta en sí misma en Las Halajot de Tzedaká (Yoré Deá 251:3) por las cuales uno está obligado a dar Tzedaká a los miembros de su familia antes a que a nadie más. Como demostraremos, esta responsabilidad se extiende a otras áreas también. La Guemará en el Tratado Makot 24a afirma que uno debe “acercar a sus familiares”, explicando el Versículo en Tehilím 15, “Él no toleró la vergüenza de sus parientes.” El Marshá (Jidushei Hagadot, Ibíd.) explica esta exhortación de La Guemará de la siguiente manera: “Parecería que la declaración “ÉL no toleró la vergüenza de sus parientes” parece indicar que [uno] les reprende y a través de esto les cerca [hacia Dios] y hacia sí mismo. Porque ésta es la conducta de las personas; difundir el hecho que una persona buena y recta es familiar de uno, como también negar su conexión con una persona malvada a pesar que esa persona sea un familiar. Si uno no reprende a un familiar para regresarle al camino de la rectitud, se ha separado a sí mismo de esa persona ya que niega sus lazos familiares.” La Guemará y el Maharshá mantienen que la persona tiene una obligación especial de educar a los miembros de su familia. Estas fuentes no sólo explican un Versículo en Tehilím, sino que también expresan cuales instintos humanos universales y emociones existen en esta clase de situaciones. Las relaciones entre los hermanos son a menudo complejas, especialmente cuando uno está experimentado un cambio dramático en su estilo de vida y por eso, a veces los intentos entusiastas de acercar a su hermano a La Torá pueden ser en general contraproducentes. Si un hermano demuestra interés en El Judaísmo, el Baal Teshuvá está claramente obligado como pueda a ofrecerle toda su ayuda y cada explicación. No obstante, si su hermano no demuestra un interés, es preferible dejarle en paz. El Baal Teshuvá debe estar preparado para el criticismo y el cinismo que sus hermanos le puedan demostrar. Comentarios como, “simplemente es otra moda” y “es sólo una etapa más que está atravesando,” son oídos frecuentemente. La mejor respuesta a un ataque de este tipo, es no discutir y no contraatacar sino distender la tensión. En los casos anteriores lo mejor sería aconsejar al Baal Teshuvá a responder “puede ser.” Lo más importante antes que nada, es que puede ser que sea verdad. Además, esto [no responder] descarta más discusiones ya que es improbable que el crítico siga con la discusión e insista: ¡No!.. ¡Definitivamente!” A menudo, las escandalosas y horrendas afirmaciones y comentarios negativos acerca del Judaísmo y los Baalei Teshuvá, lo mejor es dejarlos sin responder. La persona que hizo la afirmación puede eventualmente darse cuenta cuan ridículo ha sido su comentario, mientras que una excesiva defensa por parte del Baal Teshuvá puede encender [sin quererlo] la discusión.

Por ejemplo, protestar vociferadamente afirmando que a uno nadie le ha lavado la cabeza, más probablemente reforzará el punto de vista del acusador, o dará pié al comentario: “Mira que buen trabajo que hicieron.”

Cónyuges

Los problemas que aparecen cuando uno de los cónyuges se hace más religiosamente Observante que el otro o cuando el desarrollo de la pareja no es en conjunto, puede ser extremadamente doloroso. Si no es tratado con mucha delicadeza por parte de los dos esposos, las cosas pueden terminar en un matrimonio infeliz o en un innecesario divorcio. El Baal Teshuvá debe ser especialmente sensible de los sentimientos de su esposa o esposo. Debe darse cuenta que su cónyuge no se casó con un Judío Observante y no esperaba estar viviendo un estilo de vida Observante. Por lo tanto, mucha de la furia y la frustración expresada por el cónyuge no-Observante es entendible y bastante natural. Sin embargo, las personas no siempre permanecen estáticas; el regreso a las raíces espirituales de uno no es un comportamiento anormal y generalmente no se hace para molestar al otro. La Religión no debería ser usada como un arma en contra del esposo y no debe ser empleada como una respuesta fácil para cualquier problema que la pareja pueda tener. Los problemas que existían antes en la pareja no pueden ser resueltos “siempre” con un regreso al Judaísmo, pero nadie tampoco debería sentirse exacerbado con dicho regreso. Un matrimonio feliz y estable puede quedarse de esa forma a pesar de las diferencias religiosas. Los temas aquí son tan variados y tan sensibles para ser tratados en forma de libro, que nosotros sólo podemos recomendar a los cónyuges, buscar la orientación profesional de alguien que sea un experto Halájico familiarizado con los temas particulares y específicos que pueden surgir en esta situación y experimentado en el Asesoramiento Matrimonial. Muchísimas parejas han tenido éxito en alcanzar un compromiso entre los diferentes niveles de Observancia y llevan vidas perfectamente normales y felices. Este éxito sin embargo, requiere una tremenda cantidad de esfuerzo constante en todas las áreas de la vida. Esta voluntad no puede ser mantenida a menos que ambos tengan un gran deseo de salvar su matrimonio y que estén los dos preparados a comprometerse en aras de alcanzar este objetivo. Muchas personas han sido satisfactoriamente sorprendidas por el Consejo Halájico que han recibido y por la increíble preocupación que tiene La Torá por la felicidad matrimonial.

LA INTIMIDAD FAMILIAR

Las expresiones de amistad con el sexo opuesto que son comunes en la sociedad Occidental como darse la mano, abrasarse y besarse, presentan un problema para el Judío Observante, especialmente para aquel que está en contacto con amigos y familiares no Observantes.

¿Permite La Torá tal intimidad? Sólo entre Marido y Mujer y en ciertos casos, dentro del vínculo inmediato de la unidad familiar (por ejemplo: Madre e hijo, Padre e hija). A menudo familiares y amigos del Baal Teshuvá encuentran la negativa de éste a abrazarse o vincularse en contacto físico con el sexo opuesto en el mejor de los casos extraña, y en el peor de los casos, insultante. ¿Cuáles son las directrices Halájicas para tales situaciones? y ¿Existe algún comportamiento Halájicamente aceptable que no vaya a alejar a aquellos no familiarizados con la Ley Judía? Lo mejor es evitar estas situaciones totalmente y hay muchas maneras de hacerlo. A menudo, saludar y sonreír teniendo las manos cruzadas detrás de la espalda, es suficiente. Se puede hacer un comentario informal y gracioso para evitar la vergüenza. Por ejemplo un hombre casado le puede decir a su pariente mujer: “Lo siento, ¡pero mi mujer no me deja!” Sujetar algo con las manos también es una táctica eficiente (una bebida en una mano y un Herring fuerte en la otra, suelen obrar maravillas.) Las Autoridades Halájicas clásicas y contemporáneas, tratan este tema en detalle.2 Una autoridad Halájica competente debería consultarse para obtener consejos prácticos.

2 Rambam, Sefer Ha Mitzvot, Mandamiento negativo 353; Ramban en el lugar; Mishné Torá, Isurei Biá 21:1; Shulján Arúj, Even Ha Ezer 21:7; Shaj, Yoré Deá, 157:10; Pitjei Teshuvá en el lugar; Iggrot Moshé, Yoré Deá 3:54, Oraj Jaím 1:113, Even Ha Ezer 1:56, 4:32, 4:63.

MINHAGUÍM FAMILIARES (COSTUMBRES)

¿Cómo sabemos que una costumbre tiene importancia? Porque está escrito: “No muevas el limite de tu prójimo que los ancestros han fijado.”

  • DEVARÍM 19:14. Responsa del Rav Sherirá Gaón,
    Citado por el Tur, JOSHEN MISHPAT 368.

“La costumbre de nuestros Padres, es Torá.”

  • SHULJÁN ARÚJ, YORÉ DEÁ 376:4, RAMÁ

“Ten cuidado de las costumbres de tus ancestros…”

  • BEITZÁ 4b

“Seguid las huellas de las ovejas y pastad vuestros rebaños junto a las tiendas de los pastores…” (Shir Ha Shirím 1:8). Rashi y Metzudat David, (en el lugar) entendieron este Versículo como una exhortación al Pueblo Judío a seguir las huellas de sus ancestros, los “rebaños de Dios.” Las costumbres de nuestros Padres son las sendas que han seguido, tal como cumplieron Las Mitzvot en todo tiempo y en todo lugar.

“Escucha mi hijo, la reprimenda de tu Padre…” (Mishlé 1:8). Idealmente, cada Judío está obligado a seguir las costumbres de su familia (Teshuvot Jatám Sofer, Yoré Deá 107; Prí Jadash, Oraj Jaím 496; Mishná Berurá 68:4). Muchos Judíos hoy en día se sienten confundidos acerca de cual Minhag deberían seguir, ya que hay muchas familias que no son Observantes o bien, desconocedoras de sus costumbres familiares originales. ¿Deberían investigar su origen familiar para determinar sus respectivos Minhaguím o deberían seguir la costumbre de la Comunidad en la que viven? ¿Deberían adoptar las costumbres de la Yeshivá en la que estudiaron o deben seguir la costumbre de la persona que les acercó a La Torá? ¿O tal vez es aceptable para la persona elegir sus propios Minhaguím, basado únicamente en sus preferencias personales?

Rav Jaím Pinjas Scheinberg, shlíta, sostiene que un Baal Teshuvá, debe intentar determinar cual era su costumbre familiar. Las costumbres de la familia pueden ser descubiertas investigando sus orígenes y entonces uno debe continuar las costumbres del lugar de donde proviene su familia (por ejemplo: Marruecos, Lituania, Galicia, Alemania y Holanda, todas tienen diferentes costumbres).

Rav Moshé Sternbuch, shlíta, (Teshuvot Ve Hanagot 1:354) establece que el Baal Teshuvá no está obligado a seguir las costumbres de la familia de su Padre (si su Padre no era Observante). Él escribe que: “Aquellos quienes le acercaron a La Torá son sus Padres (con respecto a este tema) y él debe seguir sus costumbres si vive con ellos.”

La identificación con un grupo determinado de compañeros es una parte importante de hacerse en Judío Observante, ya sea que su grupo de colegas es el cuerpo de alumnos de La Yeshivá, un grupo Jasídico o una comunidad Ortodoxa. Si el Baal Teshuvá quiere integrarse en un grupo especifico, debe seguir las costumbres de ese grupo (ver Iggrot Moshé, Oraj Jaím 3:22). Esto no debe ser realizado de una manera desorganizada ya que muchos Minhaguím son interdependientes y juntos, logran un armonioso sistema de vida. La selección del grupo con el cual identificarse y una integración exitosa en ese grupo, requiere la consulta con alguien familiarizado con el Baal Teshuvá y con el grupo. Rav Dovid Feinstein, shlíta, sostiene que el Baal Teshuvá puede elegir cualquier conjunto de costumbres, con las cuales se sienta cómodo.



[1]Con respecto a este tema, ver; Bavá Kamá 94b, Masoret Ha Shas en el lugar; Rabi Eliezer de Metz en Sefer Yereím, 174 [58], Toafos Reem en el lugar; Mishné Torá, Hiljot Mamrím 5:12, 6:11, Hagahot Maimonios en el lugar; Tur, Yoré Deá 240, comentarios en el lugar; Sefer Ha Jinúj, Mitzvá 48; Shulján Arúj, Yoré Deá 240:18, comentarios en el lugar.

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